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sábado, 31 de diciembre de 2011

¿QUE DECICIRÁ BENEDICTO XVI SOBRE LOS OBISPOS Y CARDENALES QUE NO DESEAN JUBILARSE A LOS 75 AÑOS?



















El derecho canónico impone la dimisión a los 75 años de edad. Pero son muchos los prelados que no quieren dejar la cátedra. ¿El último caso? El arzobispo de Chicago: «Espero que el Papa me deje continuar»


El último en «rebelarse» a la dimisión obligatoria a los 75 años fue el cardenal Francis George, arzobispo de Chicago y, hasta el año pasado, presidente de la Conferencia Episcopal estadounidense. Desde el comienzo de su pontificado, Benedicto XVI recibió muchas presiones para suprimir la norma de Pablo VI sobre la edad de jubilación para los eclesiásticos. Y así, mientras la mayor parte de los gobiernos occidentales se las ve con las protestas de los ciudadanos, obligados por las exigencias de las cuentas públicas a continuar trabajando más tiempo, a la Curia Romana llegan solicitudes opuestas del Sagrado Colegio.
 
 
A pesar de las acreditadas solicitudes que le llovieron a la Santa Sede, Benedicto XVI continuó, al igual que sus inmediatos predecesores, jubilando a obispos y cardenales a los 75 años, como exige la norma establecida por Pablo VI, sin prorrogar la edad de jubilación hasta los 80 años, como lo piden algunas partes. Sobre la base del Código de Derecho Canónico, es decir, el texto aprobado en 1983 y firmado por Juan Pablo II en su quinto año de pontificado, los obispos están obligados a entregar la dimisión del gobierno pastoral de sus diócesis en las manos del Pontífice al cumplir los 75 años de edad, en aplicación del primer párrafo del canon número 401. Siguiendo las normas contempladas por la actual «carta» que regula la vida interna de la Iglesia católica, la cuestión de las dimisiones y renuncias está blindada. En líneas generales, Benedicto XVI ha casi siempre aceptado nombrando a un nuevo obispo, salvo alguna que otra imprevisible prórroga por motivos de fuerza mayor.
 

Joseph Ratzinger no ha considerado oportuno dejar de lado la norma que impone a los eclesiásticos la presentación de su dimisión al cumplir los 75 años. Quien está a favor de la extensión de la edad de jubilación para los eclesiásticos es el exlíder de los obispos estadounidenses. El cardenal Francis George, de hecho, ha declarado que espera que Benedicto XVI «no acepte la carta de dimisión» que él tendrá que presentar, de acuerdo con el Código de Derecho Canónico, el mes próximo. El 16 de enero, el purpurado (que es el primer eclesiástico nacido en Chicago que ocupa el cargo de arzobispo de la ciudad) festejará su 75.º cumpleaños, precisamente la edad a la que el Vaticano pide a los obispos que envíen su carta de dimisión. Llegado ese momento, el Papa puede decidir jubilar de inmediato al «over 75», o bien mantenerlo en servicio por algún tiempo a la espera de designar a su sucesor en la cátedra episcopal.
 
 
Hablando en la emisora televisiva WLS-Channel 7, el cardenal George dijo que espera seguir trabajando y se dijo «feliz» de que su salud haya mejorado. El cardenal George incluso bromeó sobre su situación: «Soy el primerísimo arzobispo de Chicago que vivió lo suficiente como para encontrarse en esta condición. Estoy más bien satisfecho de esto y espero poder continuar».
 
 
Son muchos los prelados titulares de las diócesis que esperan la facultad de continuar al gobierno de sus Iglesias locales una vez pasado el umbral previsto por el Código de Derecho Canónico. Muchas son las veces que se han filtrado noticias (jamás confirmadas por los hechos) relativas a la intención del Pontífice de eliminar la obligación de las dimisiones de los obispos una vez pasado el umbral de los 75 años, para luego fijar el nuevo límite jubilatorio a los 78 años. En esencia, a menudo se ha hipotetizado que, por decreto, Benedicto XVI quisiera conceder otros tres años de gobierno pastoral para los casi 4000 obispos que actualmente controlan, bajo poder papal, el gobierno de todas las diócesis del mundo. Quedarían excluidos de este beneficio solo los obispos que cubren cargos administrativos, por ejemplo, los prelados ocupados en la Curia vaticana, en las conferencias episcopales, en las nunciaturas. Siguiendo en esta perspectiva, la idea sería, en un segundo momento, extender el límite jubilatorio también a los prelados que no tienen cargos pastorales. La preparación de un posible informe al respecto le correspondería a la Congregación de los Obispos. En esta línea, son numerosas las solicitudes que han llegado a la Curia romana, enviadas por prelados distribuidos en los cinco continentes.








V.I./Giacomo GaleazziCiudad del Vaticano

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